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14 Hasta ese mismo día, hasta que hayáis traído la ofrenda de vuestro Dios(A), no comeréis pan, ni grano tostado, ni espiga tierna. Estatuto perpetuo será para todas vuestras generaciones dondequiera que habitéis.

15 »(B)Contaréis desde el día que sigue al día de reposo, desde el día en que trajisteis la gavilla de la ofrenda mecida; contaréis siete semanas completas. 16 Contaréis cincuenta días hasta el día siguiente al séptimo día de reposo; entonces presentaréis una ofrenda de espiga tierna al Señor(C).

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